El Consejo General

1. ¿Para qué sirve?

El Consejo General de la Alidaim es el órgano primario de la alianza. Sus funciones son las más importantes y básicas para la organización. En el Consejo cada estado tiene un único voto, y los 25 Estados Federales poseen un voto cada uno.

Funciones principales:

  • Dictar las leyes fundamentales de la alianza, someterlas a votación, aprobarlas y revisarlas cada cierto tiempo.
  • Admitir nuevos miembros o rechazar solicitudes de acceso, sometiendo a votación cualquier decisión. El Consejo tiene la obligación de revisar absolutamente todas las solicitudes de acceso que le sean enviadas.
  • Expulsar miembros por cualquier motivo que tendrá que ser debidamente justificado ante la Cúpula Mayor. Es evidente que si la Cúpula se opone a la expulsión esta no tendrá ningún valor práctico. Así, el Consejo se opone al estatus de «estado observador» y la Cúpula lo ha logrado aprobar.
  • Establecer las líneas generales a seguir por la alianza y asegurarse de su revisión y cumplimiento. 
  • Dirigir la mayoría de las políticas de la alianza.
  • Nombrar al país presidente y al Presidente de la Alidaim.

2. ¿Quiénes lo componen?

Son miembros del Consejo General de la Alidaim todos los miembros de la alianza, cada uno posee un voto y derecho a ejercerlo o a abstenerse.


3. Sistema de votación

El sistema de las votaciones en el Consejo es muy simple:

  1. Los 54 estados de pleno derecho se posicionan a favor o en contra de la medida a adoptar. En orden numérico, los portavoces -normalmente los ministros de asuntos exteriores o los vicegobernadores en el caso de los Estados Federales- exponen sus posturas y tienen el derecho de no hacerlo, si tienen la intención de abstenerse.
  2. La delegación del Protectorado Enolés da su opinión acerca de la medida como si fuese un estado más.
  3. Los tres observadores eligen un portavoz -si se ponen de acuerdo- y este expone la postura de los mismos, también como si de un estado de pleno derecho se tratase.
  4. La medida se somete a votación. Las 54 delegaciones con derecho a voto tienen el deber de evitar que haya empates si no hay abstenciones -lo que no ha ocurrido nunca-.
  5. Los estados miembros de la Cúpula Mayor dan su opinión sobre el veredicto. No es obligado para las demás delegaciones el quedarse a escuchar, pero todavía no se ha dado el caso de que alguna delegación se levante y se retire antes de que termine el último turno de las ponencias.